La Ley de Memoria Democrática aragonesa y la ofensa a las víctimas: una pendiente resbaladiza

La Ley de Memoria Democrática aragonesa y la ofensa a las víctimas: una pendiente resbaladiza
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¿Tiene límites la libertad de expresión? La cuestión ha copado la conversación pública de forma intermitente durante la última década. A menudo, han sido los sectores conservadores quienes han tratado de acotarla, blindando símbolos religiosos, institucionales o políticos. Pero también los sectores progresistas han tratado de legislar en terrenos farragosos. El último ejemplo, la Ley de Memoria Democrática de Aragón.

Qué dice. Publicada el pasado 8 de noviembre, la legislación aragonesa trata de proteger la integridad intelectual de las víctimas de la guerra civil y de la represión franquista. Su artículo 46, dedicado a las infracciones penadas por la ley, incluye la siguiente:

Utilizar o emitir expresiones ofensivas, vejatorias o atentatorias contra la dignidad de las víctimas de la guerra civil o de la dictadura franquista en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas o en plataformas digitales, cuando estas conductas no puedan ser tipificadas como delito de incitación al odio.

El contexto. La ley fue aprobada en las Cortes de Aragón por el bloque de izquierdas más Ciudadanos, y con la oposición del PP y del PAR (un partido regionalista conservador). Tenía dos objetivos: penalizar a aquellos municipios que mantuvieran simbología franquista en sus calles (estatuas, nomenclaturas) y dotar de mayor cobertura legal a los familiares que desearan recuperar a a sus antepasados enterrados en fosas comunes.

El problema. Hablamos con Carlos Sánchez Almeida, abogado: "Es una extralimitación que la administración pueda sancionar en una materia en teoría vedada al poder judicial". La norma puede chocar con el Artículo 20 de la Constitución. Está sujeta a cierta arbitrariedad, lo que puede redundar en injusticias posteriores. ¿Qué es una "ofensa", a qué colectivos engloba y quién lo determina? En sus palabras:

Solamente el poder judicial puede establecer indemnizaciones por discriminación o por ofensas contra la intimidad y la propia imagen. Son materias reservadas. Consideramos que la administración no debe situarse así. En la práctica se configura como una forma de censura. Al final, un funcionario interpreta a su modo lo que es una expresión ofensiva. Es perjudicial y peligroso para la libertad de expresión.

Y añade: a su juicio, las autonomías pasan por encima de competencias estatales cuando aprueban este tipo de normativas (en Madrid, en Andalucía) relativas a la libertad de expresión.

Largo historial. Es un concepto delicado a nivel político y judicial. El caso más evidente es el artículo 578 del Código Penal, en el que se tipifica la "humillación a las víctimas del terrorismo". Como el ejemplo de los titiriteros manifiesta, es un espacio legal propenso a la arbitrariedad. También, por supuesto, la Ley Mordaza, un campo fértil para la discrecionalidad. Otros escándalos recientes de similar índole:

  • Las bufandas y las camisetas amarillas requisadas en las inmediaciones del Camp Nou, en plena resaca del procés independentista.

  • Los "atentados" contra los "sentimientos religiosos" de la revista Mongolia o del joven jienense que se disfrazó del Cristo de la Amargura y fue condenado a una multa económica.

  • El procesamiento de diversas figuras, como César Strawberry, Cassandra Vera o Valtonyc (hoy huído de la justicia), por "injurias" a la Corona o enaltecimiento del terrorismo.

  • La propuesta legislativa de Unidos Podemos para perseguir penalmente las expresiones de odio o discriminación contra el colectivo LGBTIQ+.

  • La condena a Willy Toledo por blasfemar.

La tendencia. Impulsada por el gobierno de Javier Lambán, la ley encaja bien dentro de los esfuerzos socialistas (y del resto de la izquierda) por impulsar la memoria histórica. La localización y exhumación de fosas, la retirada de callejeros apologéticos de la dictadura o el propio debate sobre el Valle de los Caídos llevan siendo prioridades de los ejecutivos del PSOE desde Rodríguez Zapatero. Generan controversia.

El conflicto. El caso aragonés ilustra cómo las legislaciones relativas a la libertad de expresión siempre son una pendiente resbaladiza cuando recaen en manos de la administración. La izquierda ha criticado los excesos de la Ley Mordaza o la protección penal de figuras religiosas o institucionales. Su reverso ideológico, ya sea para las víctimas del franquismo o para el colectivo LGBT, es igual de conflictivo.

Imagen: Víctor J Blanco/GTRES

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